
Jorge Tuto Quiroga, uno de los contendientes a la segunda vuelta en las elecciones presidenciales por Alianza Libre, dijo públicamente hace algunos días que, si es presidente, “la tierra va a ser titulada individualmente, ya no más [de forma] comunitaria, [porque] lo que es de todos no es de nadie” [1]. Meses atrás, Branko Marinkovic, ahora senador electo por la misma agrupación política para el periodo 2025 – 2030, ya hizo pública la idea, refiriéndose principalmente a las tierras comunitarias en manos de comunidades campesinas [2]. Estas declaraciones dan indicios de que la individualización de las tierras comunitarias y colectivas no se trata de una promesa aislada, sino de un posible componente central de la agenda de tierras de Alianza Libre, pese a que no se encuentra dentro de su Plan de gobierno. Por lo demás, no es una propuesta novedosa; desde los albores de la república existieron iniciativas para eliminar las tierras comunitarias y colectivas del país, que eran consideradas residuos coloniales.
Es suficiente recordar los decretos liberales de Bolívar y las políticas de desvinculación de tierras de Melgarejo. Con la consolidación de la República, Bolívar intentó diseñar las bases de una estructura propietaria de la tierra inspirada en el liberalismo europeo, iniciando un proceso de distribución de las tierras comunitarias a título familiar [3]. Este proceso no avanzó y se mantuvo la estructura comunitaria por razones prácticas relacionadas con la continuación del cobro del tributo indígena, que estaba asociado a las comunidades y era la principal fuente de financiamiento del erario nacional [4]. Casi medio siglo después, con las políticas desvinculadoras de Melgarejo, en 1866, se puso en marcha la venta de las tierras de las comunidades, mediante subastas públicas, con el propósito de cubrir la deuda interna y atender los gastos del Estado, bajo el argumento de que “tierras en manos de los indios son tierras muertas” [3]. Además, durante ese tiempo, una nueva oleada liberal postuló que era necesario crear un mercado libre de tierra para lograr la transformación productiva del agro, a través de dos corrientes. La primera, que fue la que se impuso, proponía la transferencia de la tierra de comunidad a las haciendas y, la segunda, la formación de agricultores individuales con derechos de propiedad individual sobre las parcelas [5].
La disputa por la tierra y la pugna agraria entre comunitarismo e individualismo atravesaron toda la vida republicana del país y, en ese marco, el progresivo reconocimiento de derechos territoriales para pueblos indígenas y comunidades tradicionales ha significado uno de los avances más importantes en términos de justicia agraria. La acumulación histórica de luchas indígenas y la presión social por una administración de tierras más transparente y justa promovieron una nueva ley de tierras en los 90s (Ley INRA, 1996), que reconoció los territorios indígenas bajo la forma de Tierras Comunitarias de Origen (TCO) e inició un nuevo proceso de consolidación de derecho propietario a través del saneamiento de la propiedad agraria [6]. Esto se produjo en contra de la voluntad estatal [7], consolidando una normativa agraria híbrida que combinó principios neoliberales con otros de justicia social [8,9]. En consecuencia, las tendencias del proceso de saneamiento desde los 90s hasta la actualidad tuvieron trayectorias contradictorias; por una parte, consolidaron extensas superficies bajo propiedad colectiva (TCO y propiedad comunitaria), pero por otra promovieron y regularizaron la mediana y gran propiedad en las zonas más productivas y con mayor conectividad del país [9].
Actualmente, el 93% de la superficie agraria está saneada y titulada, encontrándose el 29% en tierras fiscales (mayormente áreas protegidas) y el 71% en los seis tipos de propiedad reconocidos: TCO, Propiedad Comunitaria, Solar Campesino, Pequeña Propiedad, Mediana Propiedad y Empresa Agropecuaria [10]. La importancia de los dos primeros, que corresponden a formas colectivas de propiedad y benefician a pueblos indígenas y comunidades campesinas, es notoria dentro de la estructura agraria, concentrando el 45% de la tenencia de la tierra y el 63,4% de la superficie titulada[1]. En este escenario, y después de décadas de apropiación y concentración de tierras, la agroindustria, vinculada a la producción ganadera y de cultivos comerciales como la soya, caña de azúcar, sorgo y girasol (el motor de la deforestación y la amenaza directa más importante a la conservación de la biodiversidad [11]), ya no encuentra áreas de expansión.

La presión, como alerta con elocuencia la propuesta de Quiroga, ha comenzado a producirse con mayor intensidad sobre las tierras comunitarias y colectivas. Pese a que las propiedades comunitarias y TCO son indivisibles e inalienables [12], los actores asociados al avance de la frontera agrícola se “han dado modos” para acceder a estas tierras. Durante los últimos años, las presiones vinculadas con la expansión de la frontera agropecuaria han tomado distintas formas de despojo y apropiación de las tierras de las comunidades indígenas y tradicionales, que incluyen arreglos informales de alquiler y venta de tierras [13]. Sin embargo, como las declaraciones de Jorge Quiroga demuestran, eso no es suficiente; por ello su oferta encierra una promesa de “seguridad jurídica” ante el despojo.
En ese marco, las propuestas de Quiroga y Marinkovic contienen dos implicaciones importantes. Primero, la búsqueda de que los nuevos procesos de dotación de tierras puedan realizarse en favor de formas individuales de propiedad. Recuérdese que la Ley de Reconducción Comunitaria de la Reforma Agraria (2006) restringió los mecanismos de dotación individual de tierras fiscales y privilegió la distribución colectiva, determinando que todas las tierras fiscales disponibles y las declaradas como tales con el saneamiento, serían dotadas exclusivamente a favor de pueblos y comunidades indígenas, campesinas y originarias sin tierra [9].Segundo, la conversión de propiedades comunitarias y colectivas a individuales que permitiría, por una parte, como recuerda Czaplicki, la legalización de las propiedades adquiridas a través del ahora furtivo mercado de tierras en propiedades comunitarias y colectivas [14] y, por otra, como alerta Santibañez, la supresión de los mecanismos formales de protección de los que gozan las tierras colectivas en el país (inalienabilidad, inembargabilidad e indivisibilidad), que abriría su paso al mercado con el aval del Estado y permitiría nuevos procesos de concentración de la tierra en el país [15].
Dicho eso, tampoco se puede obviar que la realidad agraria en el país se ha complejizado; durante los últimos años, la expansión de la frontera agraria ha estado asociada con la titulación y consolidación de medianas y grandes propiedades agropecuarias, con creciente participación de capital extranjero [16,17], pero también con una mayor presión de nuevos asentamientos comunitarios sobre la tierra y bosques, en algunos casos de tierras ocupadas ilegalmente [18]. Sin embargo, la individualización de las tierras comunitarias, que supondría su apertura directa y agresiva al mercado de tierras, lejos de combatir esas presiones, las incrementaría bajo el ropaje de un discurso productivista de desarrollo rural y modernización del agro.
Adicionalmente, los postulados de Quiroga y Marinkovic están muy lejos de confrontar los impactos ecológicos de las políticas de distribución comunitaria de tierras encaradas por el gobierno desde 2006, que en los hechos han favorecido a comunidades que, en general, tienden a generar dinámicas de cambio de uso de suelo y a adoptar sistemas de producción con efectos negativos directos sobre la conservación y el medio ambiente [16]. Su crítica se concentra en la forma de propiedad en la que se ha distribuido y titulado la tierra, porque en el fondo lo que está en juego no es el modelo de desarrollo productivo, sino en manos de quién se concentran las tierras para continuar con su aplicación.
Además, la propuesta omite que la agenda de los movimientos indígenas ha incluido sostenidamente como una de sus demandas centrales al reconocimiento legal y estatal a la propiedad colectiva del territorio [19]. Esta agenda se ha reafirmado en lo sucesivo y ha tenido como corolario la aprobación de la Constitución Política del Estado en 2009, en la que se constitucionalizaron los derechos territoriales colectivos de los pueblos indígenas y las comunidades tradicionales. Y si bien existen procesos informales de individualización de tierras en algunas comunidades, las organizaciones indígenas, en diferentes escalas (nacional, regional y local), no han dejado de ratificar la importancia de fortalecer sus derechos territoriales colectivos.
Por otra parte, el supuesto de que “lo que es de todos no es de nadie”, que sugiere que las tierras comunitarias y colectivas son espacios sin gestión, organización, etc., solo reedita la superada “tragedia de los comunes” [20], promueve una regresión en el reconocimiento de los derechos territoriales colectivos, e ignora que la gestión local en territorios indígenas y tierras comunitarias tiene una larga tradición en el país, estando asociada con mayores niveles de conservación de la biodiversidad [21,22]. Pese a los desafíos, contradicciones y presiones externas e internas, la titulación colectiva de tierras fue la condición habilitante para que los pueblos indígenas y comunidades tradicionales desarrollen sistemas de gestión y planificación territorial integral [23,24], que han permitido generar, por ejemplo, respuestas frente al avance de la minería ilegal del oro [25] y menores tasas de deforestación en comparación con otras formas de propiedad de la tierra [26].
Está claro que son muchas las discusiones pendientes en torno a la realidad agraria y la situación de las formas de propiedad colectiva de la tierra en el país. Por ejemplo: la redefinición de la Función Económica Social (FES) contemplando que la tierra cumple también funciones ecológicas [27]; la falta de aplicación de los procesos instituidos de ordenamiento territorial y la ausencia de regulaciones agrícolas y pecuarias sobre el uso de suelos más allá del respeto de tierras de producción en el marco de los Planes de Ordenamiento Predial [28]; la necesidad de que el Estado impida la conformación de asentamientos comunitarios de orientación agropecuaria en áreas de vocación forestal, respetando las disposiciones legales vigentes y la aptitud de uso mayor de la tierra [28,29], entre otras. Sin embargo, el núcleo de la agenda de tierras de Alianza Libre, individualizante y productivista, parece estar blindado ante discusiones de ese tipo.
Este artículo se orientó a problematizar las implicaciones de las propuestas de individualización de las tierras comunitarias y colectivas, utilizando argumentos históricos. Se concentró en Alianza Libre por la simple razón de que es la única agrupación política que arropa esas propuestas. Por tanto, no debe ser comprendido como una toma de posición por los candidatos o el programa de gobierno del Partido Demócrata Cristiano (PDC), con el que Alianza Libre disputará la contienda política en la segunda vuelta electoral. Más bien, aunque los argumentos de ello excedan los límites y las pretensiones de este artículo, se adscribe a la idea de que “gane quien gane, el modelo extractivista ya ganó” [30].
***

Referencias
[1] L. Molina, Tuto Quiroga propone la titulación individual de la tierra, El Deber (2025). https://eldeber.com.bo/santa-cruz/tuto-quiroga-propone-la-titulacion-individual-de-la-tierra_526171/ (accessed August 20, 2025).
[2] Branko Marinkovic afirma que no puede haber funcionario público que cuestione la propiedad privada, El Deber (2025). https://www.facebook.com/watch/?v=663817469642836 (accessed August 21, 2025).
[3] I. Hernáiz, D. Pacheco, La Ley INRA en el espejo de la historia. Dos siglos de Reformas Agrarias en Bolivia, Fundación TIERRA, La Paz, Bolivia, 2000.
[4] N. Sánchez-Albornoz, Indios y Tributos en el Alto Perú, Instituto de Estudios Peruanos, Lima, Perú, 1978.
[5] E. Langer, R. Jackson, El liberalismo y el problema de la tierra en Bolivia (1825-1920), Rev. Hist. (1990) 9–32.
[6] M. Urioste, D. Pacheco, eds., Las tierras bajas de Bolivia a fines del siglo XX: tenencia, uso y acceso a la tierra y los bosques, Fundación PIEB, La Paz, 2001.
[7] A. Almaraz, La propiedad comunitaria de la tierra como singularidad histórica del nuevo ciclo agrario en Bolivia, in: O. Bazoberry Chali, R. Bautista Durán, L. España Rodríguez (Eds.), Acceso Tierra Territ. Una Opor. Para Reducir Desigual. En Boliv., Instituto para el Desarrollo Rural de Sudámerica, La Paz, Bolivia, 2023: pp. 167–175.
[8] C.D. Deere, M. León, Genero, propiedad y empoderamiento: tierra, estado y mercado en America Latina, 2. ed, UNAM [u.a.], Mexico, 2002.
[9] G. Colque, E. Tinta, E. Sanjinés, Segunda Reforma Agraria: Una historia que incomoda, Fundación TIERRA, La Paz, Bolivia, 2016.
[10] Instituto Nacional de Reforma Agraria, El INRA y la reconducción de la reforma agraria. Tres años de construcción y logros institucionales 2021-2023, INRA, La Paz, Bolivia, 2024. chrome-extension://efaidnbmnnnibpcajpcglclefindmkaj/https://www.inra.gob.bo/wp-content/uploads/2025/06/MEMORIA-INRA-2021-2023.pdf.
[11] V. Vos, S. Gallegos, S. Czaplicki, C. Peralta, Biodiversidad en Bolivia: Impactos e implicaciones de la apuesta por el agronegocio, (2020) 25–48.
[12] Congreso Nacional de Bolivia, Ley No 1715 de Servicio Nacional de Reforma Agraria, 1996. chrome-extension://efaidnbmnnnibpcajpcglclefindmkaj/https://www.inra.gob.bo/wp-content/uploads/2023/08/LEY_1715.pdf (accessed August 8, 2025).
[13] G. Colque, A. Vadillo, Territorios indígenas enajenados: el furtivo mercado de tierras de la TCO Guarayos, Primera edición, TIERRA, La Paz, Bolivia, 2022.
[14] S. Czaplicki, Comunicación personal, (2025).
[15] E. Santibañez, La casa grande no se vende: defensa de las TCO y la propiedad comunitaria, Rev. Nómadas (2025). https://revistanomadas.com/la-casa-grande-no-se-vende-defensa-de-las-tco-y-la-propiedad-comunitaria/ (accessed August 21, 2025).
[16] R. Müller, J.C. Montero, G. Mariaca, Causas, actores y dinámicas de la deforestación en Bolivia 2010-2022, CEDLA, La Paz, Bolivia, 2024.
[17] M. Urioste, Concentración y extranjerización de la tierra en Bolivia, Fundación Tierra, La Paz, Bolivia, 2011.
[18] Fundación Tierra, Despojo de tierras de comunidades por el agronegocio boliviano. Estado de situación de comunidades indígenas y campesinas dentro de la zona de expansión de la frontera agrícola de Santa Cruz, La Paz, Bolivia, 2021.
[19] R. Calla, R. Molina, Los Pueblos Indígenas y la Construcción de una Sociedad Plural, Cuad. Futuro – PNUD (1999) 4–23.
[20] E. Ostrom, El gobierno de los bienes comunes: la evolución de las instituciones de acción colectiva, Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) Fondo de Cultura Económica (FCE), México, D.F., 2000.
[21] FAO, FILAC, Los pueblos indígenas y tribales y la gobernanza de los bosques – Una oportunidad para la acción climática en Latina América y el Caribe, FAO, 2021. https://doi.org/10.4060/cb2953es.
[22] E. Salinas, R. Wallace, L. Painter, Z. Lehm, Ó. Loayza, C. Pabón, A. Ramírez, El valor ambiental, económico y sociocultural de la gestión territorial indígena en el Gran Paisaje Madidi., CIPTA, CIPLA, WCS, La Paz, Bolivia, 2017.
[23] J. Salgado, La Gestión Territorial Indígena en tierras bajas: ¿Autonomías Indígenas?, in: Reconfigurando Territ. Reforma Agrar. Control Territ. Gob. Indígenas En Boliv., Fundación Tierra, La Paz, Bolivia, 2010: pp. 209–245.
[24] R. Pacheco, Planificación territorial y cambio climático: la experiencia de los pueblos indígenas y el Estado en Bolivia, Kaaipo (2025) 9–26.
[25] I. Paredes, Bolivia: un escudo indígena se opone al ingreso de las mineras al área protegida Pilón Lajas, Mongabay (2025). https://es.mongabay.com/2025/07/bolivia-escudo-indigena-se-opone-ingreso-mineras-area-protegida-pilon-lajas/ (accessed August 21, 2025).
[26] L. Painter, R. Nallar, M.D.C. Fleytas, O. Loayza, A. Reinaga, L. Villalba, Reconciliation of cattle ranching with biodiversity and social inclusion objectives in large private properties in Paraguay and collective indigenous lands in Bolivia, Agric. Syst. 184 (2020) 102861. https://doi.org/10.1016/j.agsy.2020.102861.
[27] R. Rojas, I. Orellana, Incorporación de las variables ambientales en la normativa y en los instrumentos de verificación de la función social y de la función económica social, in: O. Bazoberry Chali, R. Bautista Durán, L. España Rodríguez (Eds.), Acceso Tierra Territ. Una Opor. Para Reducir Desigual. En Boliv., Instituto para el Desarrollo Rural de Sudámerica, La Paz, Bolivia, 2023: pp. 229–237.
[28] D. Pacheco, Pautas para el aprovechamiento y empleo sustentable de la Madre Tierra, in: M. Morales Sánchez, M. Devisscher, D. Pacheco (Eds.), Hablemos Tierras Minifundio Gest. Territ. Bosques E Impuesto Agrar. En Boliv., Plural Editores, INRA, Reino de los Países Bajos, Consultora SUR, La Paz, Bolivia, 2011: pp. 209–243.
[29] D. Pacheco, Una mirada a la política de bosques en Bolivia: por la descolonización de las políticas: el mecanismo conjunto de mitigación y adaptación para el manejo integral y sustentable de los bosques y la Madre Tierra, Fundación de la Cordillera, Universidad de la Cordillera, La Paz, 2014.
[30] S. Czaplicki, Más allá de las elecciones 2025: Sendas para (re)pensar el horizonte de la ecología social en Bolivia, Rev. Nómadas (2025). https://revistanomadas.com/mas-alla-de-las-elecciones-2025-sendas-para-repensar-el-horizonte-de-la-ecologia-social-en-bolivia/ (accessed August 22, 2025).
[1] La superficie titulada excluye a la tierra fiscal.
Sobre el autor
-
Rodrigo Pacheco Campos
Politólogo e investigador enfocado en el desarrollo territorial rural, los procesos de constitución de autonomías indígenas y las dinámicas de gestión de los recursos naturales en distintos contextos socio ecológicos del país. Ha realizado trabajos de investigación para CIFOR-ICRAF, PNUD, UNFPA, el Tribunal Supremo Electoral, la Universidad Católica Boliviana y FUNDECOR.