
“Vacío legal permite legalizar desmontes ilegales con solo pagar una multa”
En una entrevista concedida a Revista Nómadas, Franz Valdez, director general de Manejo de Bosque y Tierra de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Bosques y Tierra (ABT), expuso la contradicción en el corazón del sistema: la normativa boliviana contiene un vacío legal crítico que, en la práctica, premia la deforestación ilegal. Valdez admitió que quienes desmontan ilegalmente para agricultura pueden “legalizar” ese hecho ilícito tras pagar una multa, un mecanismo que se ha convertido en un mero “costo operativo” para los infractores.
Frente a la creciente alarma por la posible venta del predio INPA (30.019 hectáreas) a la poderosa empresa brasileña Bom Futuro, Valdez aclaró el estatus legal de la propiedad: el Plan de Ordenamiento Predial (POP) vigente solo autoriza el desmonte de 1.585 hectáreas para ganadería silvopastoril, prohibiendo expresamente el cambio a agricultura. Sin embargo, dijo que la ABT carece de herramientas legales para impedir un desmonte ilegal antes de que ocurra, ya que su acción solo se activa cuando el daño ya está hecho.

—¿El predio INPA está categorizado como empresa privada?
—Sí, INPA está registrada como empresa privada debido a su extensión: 30.019 hectáreas. Es un predio de gran magnitud. En 2006, mediante la Resolución 27/2006, se transfirieron los derechos a INPA Parque Ltda. Posteriormente, en 2011, se actualizó su Plan General de Manejo (PGM), el cual también abarcaba las 30.019 hectáreas.
Lo que llama nuestra atención es que en 2019, el mismo propietario de Amazonía Santa Rosita (titular de INPA) solicitó un recorte del PGM. Tras este recorte, presentaron un Plan de Ordenamiento Predial (POP) para las 30.019 hectáreas, pero con una reclasificación:
25.867 hectáreas se destinaron a producción forestal sostenible (manejo forestal).
1.585 hectáreas se asignaron a sistema silvopastoril natural, lo que implica desmonte para actividades ganaderas.
El resto se clasificó como áreas de protección (bosque de protección).
El POP fue aprobado en 2020 por la Dirección Departamental de la ABT en Santa Cruz. Aquí lo detallamos: la superficie destinada a desmonte es mínima (1.585 ha), y el cambio de uso de suelo total no supera el 10% del predio. La zona reclasificada corresponde a áreas de baja densidad boscosa, donde históricamente no se habían autorizado actividades forestales.
Cabe destacar que, al ser una empresa privada, el INRA ya les otorgó el título en esa categoría. Esto implica que el propietario puede definir el sistema productivo, pero siempre en función del Plan de Uso de Suelo (PLUS). Nosotros, como ABT, exigimos que el 30% de la propiedad se mantenga como área de protección (cortinas rompeviento, islas de bosque). Para habilitar cualquier cambio, solicitamos un Certificado de Aptitud de Uso de Suelo (CAUS), emitido por la Gobernación.
En este caso, el POP no tuvo observaciones porque el cambio de uso es menor y se ajusta a la normativa. Según imágenes satelitales recientes, no se ha realizado ningún desmonte hasta la fecha. Los caminos visibles en las imágenes corresponden a infraestructura para manejo forestal (extracción de madera, rodeos), no a desmontes. INPA mantiene 25.867 ha bajo manejo forestal y ha ejecutado 55 Planes Operativos Anuales (POAs) desde su creación. En 2024 presentaron 2 POAs, lo que demuestra que continúan activos en el sector forestal.
La reclasificación de 1.585 ha para silvopastoril (ganadería) es una práctica permitida, siempre que se cumpla con la normativa. No hay indicios de que se pretenda destinar estas áreas a agricultura intensiva (soya u otros cultivos), ya que el POP no lo autoriza.
—¿Y cuánto han desmontado hasta la fecha?
—Según el monitoreo satelital más reciente, no se ha realizado ningún desmonte en el predio INPA. Sin embargo, el propietario solicitó la habilitación de 1,585 hectáreas para sistema silvopastoril (ganadería), tal como se establece en su Plan de Ordenamiento Predial (POP) aprobado.
Cabe destacar que INPA ha mantenido continuidad en sus actividades forestales. Solo en 2024 presentaron dos Planes Operativos Anuales (POAs), en 2023 presentaron tres, y en 2022 presentaron dos. Históricamente, desde su creación, se han autorizado 55 POAs para aprovechamiento forestal sostenible.
El POP debe elaborarse sobre la totalidad de la superficie del predio (30,019 ha), lo que a veces genera alarmismo. Algunos podrían interpretar erróneamente: “Le autorizaron un POP en 30,019 ha, ¡va a desmontar todo!”. Pero la realidad es distinta: el plan específica que 25,867 ha se mantendrán bajo manejo forestal permanente, y solo 1,585 ha se destinarán a silvopastoril con desmonte controlado. El resto son áreas de protección.
Esta clarificación es crucial para evitar malentendidos. La ABT verifica que toda reclasificación se ajuste al marco legal y al Plan de Uso de Suelo (PLUS). Hasta ahora, INPA ha cumplido con sus obligaciones forestales.
—Si desmontaran ilegalmente para agricultura (soya), ¿qué sanción habría?
—La vocación de este predio, según el Plan de Uso de Suelo (PLUS), es forestal y silvopastoril, no agrícola. Si el propietario intentara desmontar para sembrar soya (actividad agroindustrial), estaría incurriendo en un incumplimiento grave del POP aprobado.
La multa por incumplimiento de POP es de 190 UFVs por hectárea (un poco menos de 600 bs por hectarea). Pero si pagan la multa, podrían legalizar el desmonte. Es un vacío legal. Estamos trabajando en una propuesta de ley para reversión de tierras y destrucción de maquinaria en casos de desmonte ilegal.

—¿Qué sucede después de imponer la multa? ¿Podrían legalizar el desmonte ilegal para sembrar soya tras pagarla?
—Lamentablemente, sí. Este ha sido un patrón recurrente. Infractores desmontan ilegalmente, pagan la multa correspondiente y, al hacerlo, buscan “legalizar” el uso de la tierra para actividades agrícolas no permitidas. En la práctica, la multa se convierte en un costo operativo para quienes pretenden cambiar ilegalmente la vocación del suelo.
—¿Conocen la venta de INPA a la empresa brasileña Bom Futuro?
—No tenemos información oficial. Quien nos presenta solicitudes es el titular registrado: Amazonía Santa Rosita y San Alejandro. Cualquier venta debe ser notificada al INRA para transferencia de derechos.
—¿Puede una empresa extranjera comprar 30,000 ha?
—El INRA regula eso. Nosotros solo vemos el derecho propietario vigente.
—¿Existe alguna vía legal para que, el nuevo dueño de INPA, en caso de que se confirme su venta, realicen desmonte en el predio o cambien la vocación de uso de suelo forestal?
—Sí, pero únicamente bajo los parámetros establecidos en el Plan de Ordenamiento Predial (POP) aprobado por la ABT. INPA es una empresa privada categorizada por el INRA como predio de mediana empresa (por superar las 5,000 ha), lo que le otorga autonomía para definir su sistema productivo, siempre que se ajuste a la normativa.
En 2019, el propietario solicitó un recorte parcial del Plan General de Manejo (PGM). El 19 de agosto de 2020, se aprobó el POP actual, que establece: 25,867 ha se mantienen con vocación forestal (manejo sostenible de madera). 1,585 ha se destinan a silvopastoril natural (ganadería con desmonte controlado). El resto son áreas de protección.
Esta reclasificación es legal y está respaldada por la Resolución Administrativa de la ABT. Sin embargo, no se autoriza el cambio de vocación hacia agricultura (soya u otros cultivos intensivos). Cualquier desmonte fuera del POP (ej: para agricultura) se considera ilegal y acarrea sanciones.
—Si esta empresa brasileña compra INPA con la intención de sembrar soya, ¿podrá hacerlo legalmente?
—No. El Plan de Ordenamiento Predial (POP) aprobado para INPA solo permite el uso silvopastoril (ganadería con bosque) en las 1,585 hectáreas asignadas para ese fin. No autoriza la agricultura (soya u otros cultivos agroindustriales).
Si el nuevo propietario desmontara para agricultura: Incumpliría el POP, lo que activaría sanciones de la ABT. Multa de 190 UFVs por hectárea afectada (approx. Bs 65,968 por hectárea deforestada al valor actual). Revocatoria del POP, cancelando su derecho a manejo forestal.
Sin embargo, existe un vacío legal crítico: si el infractor paga la multa, no puede ser sancionado nuevamente por el mismo delito en esa misma superficie. Esto, en la práctica, podría permitirle “legalizar” el desmonte ilegal para agricultura tras pagar la multa. Este mecanismo ha sido usado recurrentemente por actores que priorizan la ganancia sobre la conservación.
—¿Qué medidas puede tomar la ABT para impedir un desmonte ilegal en el predio INPA antes de que ocurra?
—La ABT no puede intervenir preventivamente en predios privados mientras se cumpla el POP vigente. Nuestra acción se activa únicamente al detectar incumplimientos mediante monitoreo satelital o denuncias.
—Qué les puede decir a la CICOL y a otras instituciones preocupadas por el predio que temen que un nuevo duelo deforeste para dedicarse a la agroindustria?
— INPA es propiedad privada con título del INRA, lo que limita toda acción preventiva de la ABT.
El INRA otorga derechos de propiedad que prevalecen sobre cualquier regulación forestal. Nuestra competencia se reduce a sancionar desmontes ilegales no autorizados con multas de 976 UFVs por hectárea, lo que equivale a 2.810 bolivianos por hectárea al valor actual.
Esta multa se aplica solo sobre la superficie efectivamente desmontada, no sobre el total del predio. Por ejemplo, 100 hectáreas desmontadas ilegalmente generan una multa de 281.000 bolivianos. Sin embargo, tras pagar la multa, el infractor podría eventualmente legalizar el cambio de uso, existiendo un vacío legal que prioriza la propiedad privada sobre la protección forestal.

—Nosotros hemos detectado perdida de bosque en años anteriores: 2017: 103 ha; 2018: 25.1 ha; 2020: 16ha; 2021: 29.7ha; 2022: 9.3ha; 2023:25.4ha. ¿Nos puede confirmar si fue por desmonte o incendios dentro del predio INPA en los últimos años? ¿O parte de las actividades de manejo forestal?
— Los registros de desmonte en el predio pueden corresponder a actividades legales de manejo forestal, como la apertura de caminos y rodeos para la extracción de madera. Durante la ejecución de los Planes Operativos Anuales (POAs), se planifican caminos principales y secundarios para el transporte de maquinaria, personal y la madera cosechada. Estos caminos suelen tener entre 5 y 8 metros de ancho, mientras que los rodeos (áreas de acopio) pueden medir entre 30×30 metros y 50×50 metros.
Al analizar imágenes satelitales, estas infraestructuras pueden confundirse con desmontes ilegales. Sin embargo, cuando están dentro de las áreas autorizadas en los POAs, se consideran parte del manejo forestal sostenible y no incurren en ilegalidad. La proyección de estos caminos y rodeos se presenta y aprueba previamente en los planes operativos.
Es posible que la suma histórica de estas aperturas genere una superficie significativa en el tiempo, pero no equivalen a un desmonte extensivo no autorizado. Por ejemplo, un camino que cruce todo el predio podría tener un impacto visual considerable, pero si fue autorizado como parte del manejo forestal, es legal.
Hasta la fecha, no se han identificado desmontes ilegales de magnitud en el predio. Cualquier alteración detectada ha correspondido a usos autorizados o a infraestructura temporal asociada al aprovechamiento forestal.
—¿Cuánto cree que pueden valer esas 30.000 hectáreas?
—Respecto al valor comercial del predio de 30,000 hectáreas, la ABT no maneja información sobre precios de mercado ni referenciales para este tipo de transacciones. Al ser una propiedad privada con título agrario legalmente constituido, el propietario tiene derecho a venderlo a cualquier precio acordado con el comprador, siempre que se cumplan los requisitos de transferencia ante el INRA y se respete la normativa vigente.
—¿Cómo explican la deforestación masiva alrededor de INPA si el PLUS es forestal?
—Esto se debe a dos factores. Ley 741 Permite a comunidades desmontar hasta 20 ha por familia bajo figuras como “sistemas productivos integrales”, lo que facilita el cambio de uso de suelo. Grupos organizados ocupan tierras fiscales o comunitarias con maquinaria pesada. Muchas veces son incentivados por dirigentes que negocian ilegalmente estas tierras. Actualmente, tenemos casos activos en la TCO Monteverde y Cuatro Cañadas donde hemos intervenido con apoyo policial.
—¿Qué valor ambiental tiene este predio y qué perspectiva institucional tiene?
—Para la ABT, es crucial que predios como INPA se mantengan en manejo forestal. Si el sector forestal desaparece, nuestra institución perdería su razón de ser. Apoyamos la reactivación forestal mediante incentivos a especies de alto valor (como la tipa o el morado) y facilitamos exportaciones. Sin bosques, no hay ABT. La conservación de este corredor biológico es vital para el equilibrio ecológico de la Chiquitanía.
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