
El hecho ocurrió el 30 de julio de 2023 y luego de tres años, un mes y 16 días el juicio contra los responsables por la muerte de un oso jucumari (Tremarctos ornatus) se reanudará este miércoles, 16 de septiembre. Organizaciones ambientales reclaman una sanción ejemplar que siente precedentes judiciales.
El oso andino fue perseguido, golpeado, ahorcado y posteriormente desmembrado en el 2023, cerca del Área Natural de Manejo Integrado El Palmar. El animal fue perseguido hasta la comunidad Rumi Cancha en Chuquisaca.
El juicio está previsto para este próximo 16 de septiembre. Se trata de un proceso penal por los delitos de Biocidio, Destrucción o Deterioro de Bienes del Estado y de la Riqueza Nacional y Delitos Ambientales. Las organizaciones ambientales que acompañarán este juicio no solo se trata de la muerte de un animal, sino de la pérdida de una especie emblemática del país.
De acuerdo a los antecedentes del proceso, el oso no solo fue perseguido y golpeado, sino que el cuerpo del animal habría sido posteriormente desmembrado y faenado, y diferentes partes, entre ellas extremidades, costillas, lomo y piel, fueron encontradas en poder de los investigados.
Existen tres personas identificadas como los presuntos autores materiales y actualmente enfrentan el proceso penal. Los investigados son: Santos Yucra Zurita, encontrado en posesión de partes del cuerpo y de la soga utilizada para asfixiar al oso; Francisco León Koanqui, encontrado en posesión de las extremidades, costillas y lomo; y Doroteo Flores Quispe, encontrado en posesión de porciones del lomo y piel.
El Ministerio Público se querelló de oficio, además de esa instancia, también figuran como acusadores particulares la Dirección General del Servicio Nacional de Áreas Protegidas (Sernap), la Gobernación de Chuquisaca y organizaciones legalmente constituidas que participan en la defensa animal y ambiental. La acusación cuenta con pruebas periciales científicas y veterinarias.
De acuerdo al Código Penal de Bolivia, el delito de biocidio tiene pena de cárcel de dos a cinco años y una multa del 30% para los que cometan biocidio. “Se sancionará con privación de libertad de dos años a cinco años y una multa de 30% a 180% días a quien matare con ensañamiento o con motivos fútiles a un animal. La sanción será agravada en un tercio de la pena máxima, si se matare a más de un animal”, señala el artículo 350 en su sección ter.
La acusación también hace referencia a disposiciones de la Ley N.º 1333 de Medio Ambiente, relacionadas con la cacería, tenencia, acopio y comercialización de especies animales o sus derivados sin autorización, especialmente cuando se pone en riesgo su conservación.
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Sobre el autor
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Milton Condori Apaza
Milton Condori Apaza nació el 26 de mayo de 1995 en la comunidad de Chicani, población al sur de La Paz. Estudió Comunicación Social en la Universidad Mayor de San Andrés (UMSA) y actualmente es estudiante de la carrera de Literatura en la misma casa de estudios. Trabajó en Brújula Digital y en El Deber, actualmente realiza labores periodísticas en Visión 360.



